¿Darte de baja por maternidad? Todo lo que debes saber

Seamos claras, darte de baja por maternidad no es nada sencillo, de hecho, para muchas puede resultare un quebradero de cabeza. Ahora que estás liada con la inminente llegada de tu bebé necesitas que alguien te apoye en este sentido, y es ahí, donde isermadre.com entra en acción.

Según la ley, tienes derecho a cobrar una prestación durante las 16 semanas de baja por maternidad, eso sí debes cobrar como  mínimo 180 días en los últimos 7 años. Este plazo puede ser ampliado cada dos semanas por cada hijo que puedas llegar a tener o, por negativo que se escuche, si llegas a tener un hijo discapacitado.

La ley te respalda

Si el bebé resulta ser prematuro, la baja por maternidad ofrecida por la ley se prolonga, llega hasta ser de 13 semanas extra. Durante este tiempo puedes llegar a cobrar gran parte o incluso la totalidad de tu sueldo, por supuesto, entra en juego el convenio que hayas firmado con la empresa.

Los documentos que necesitas

Darte de baja por maternidad

Cuando hayas dado a luz, lo siguiente que deberás hacer es acudir al médico de la seguridad social para que él te brinde la baja por maternidad, en caso de que tu médico sea privado, el mismo deberá redactarte un informe para presentarlo al médico de la Seguridad Social, porque solo este es el que debe firmar las bajas.

Con el papel otorgado por el médico y el de la empresa, deberás acudir a la oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social y presentar adjuntado a estos, el certificado de nacimiento del bebé, el DNI, el NIF, la tarjeta de la Seguridad Social, el libro de Familia actualizado con los datos del recién nacido, las últimas nóminas, una copia de la última Declaración de Hacienda, una copia del número de cuenta donde deseas que te realicen el ingreso y el impreso de la solicitud ¡Vaya papeleo!

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